Junto con saludarlos y en respuesta a su requeriemiento, ingresado a través de nuestra Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), le informo lo siguiente:
1. La Ley de Bases del Medio Ambiente ampara el desarrollo de actividades previas a la aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental presentando una póliza de seguro que cubra el riesgo de daño ambiental. Por su parte el reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental establece y especifíca que en el caso de una solicitud de autorización provisoria (SAP) se establece una poliza de seguros por daño ambiental (TITULO VIII, DEL CONTRATO DE SEGURO POR DAÑO AMBIENTAL Y DE LA AUTORIZACIÓN PROVISORIA, Párrafo 1º, Del contenido y requisitos del seguro por riesgo por daño ambiental). En el caso de la SAP de VALE la poliza establece en su Artículo IV: Vigencia de la póliza, lo siguiente: "En el caso de la poliza rige desde la fecha de otorgamiento de la autorización provisoria para iniciar el proyecto o actividadd, hasta le vencimiento del plazo establecido en el inciso primero del artículo 15 de la Ley 19300. Si se amplairé el plazo de ciento veinte dias para pronunciarse sobre el Estudio de Impacto Ambiental, la vigencia de la póliza de seguro se entenderá ampliada por el mismo término en que se extendiere el plazo para dictar el pronunciamiento".
2. La fiscalización se realizó el 19-02-2009, a los proyectos del titular VALE especificamente al desarrollo de los proyectos "Túnel de prospección sector Manquehua" y "Modificación túnel de prospección sector Manquehua", en dicha ocasión el titular informo que no estaban realizando trabajos relacionados a la SAP , en otros sectores del valle del choapa. . Posteriorrmente y con fecha 19-05-2009, el titular informo el inicio de actividades aspectos que están siendo parte del seguimiento y fiscalización de los servicios competentes.
3. Respecto de fiscalizaciones en terreno solicitadas informo a usted que ya está agendada una visita de inspección, información (fecha) que como comprenderá tiene el carácter de reservada para que pueda cumplir los objetivos propuestos. 4. La SAP no esta en la web por que el sistema e-seia no contemplaba su inclusión, no obstante forma parte del expediente de evaluación y seguimiento, el que está disponible para consulta. 5. Se adjunta respuesta a consulta realizada previamente por las organizaciones firmantes. Atentamente, Joceline Toro CarrascoEncargada Regional Sistema Integral de Atención a Usuaria/oCONAMA Región de Coquimbo* : jtoro.4@conama.cl(: (51)-21 9534 (103)Dirección: Eduardo de la Barra 205La Serena - Chile
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